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ANÁLISIS: El derecho médico en Colombia: una disciplina incompleta entre la judicialización, el formalismo y el fracaso biojurídico

En Colombia, seguimos reaccionando al daño consumado en lugar de construir sistemas preventivos de regulación ética y jurídica.

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Este es el proceso de recepción y trámite de la solicitud de eutanasia (Freepik)

02 de Junio de 2026

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Carlos Armando Sussmann

Carlos Armando Sussmann P.
Abogado especialista en Derecho Medico, magíster en Bioetica y Derecho de la Salud

Phd en Bioderecho

El desarrollo del Derecho Médico en Colombia ha sido, en buena medida, el reflejo de las profundas limitaciones estructurales de nuestro sistema jurídico, académico y sanitario para comprender la verdadera dimensión de las transformaciones científicas y biotecnológicas contemporáneas.

Aunque en las últimas décadas el país ha mostrado avances parciales en materia de responsabilidad médica, bioética hospitalaria, regulación sanitaria y protección del paciente, la realidad es que Colombia aún se encuentra considerablemente rezagada frente a los desarrollos internacionales del Bioderecho, la gobernanza bioética y la regulación integral de las ciencias de la vida.

Hace aproximadamente 35 años algunos decidimos incursionar en un terreno prácticamente inexistente en el país: la construcción conceptual y académica del Derecho Médico y posteriormente del Bioderecho. En aquel momento el debate jurídico colombiano continuaba atrapado en visiones tradicionales del derecho civil, penal y administrativo, sin comprender que los avances científicos terminarían modificando radicalmente la relación entre el derecho, la medicina, la tecnología y la dignidad humana.

Nuestra preocupación no era exclusivamente litigiosa. Nunca concebimos el Derecho Médico como una simple herramienta de defensa judicial para médicos, hospitales o pacientes. La intención era mucho más ambiciosa: construir una disciplina interdisciplinaria capaz de integrar el conocimiento científico, la reflexión ética y el análisis jurídico para preparar al país frente a los desafíos futuros de las ciencias biomédicas.

Desde el inicio comprendimos que el gran problema no era únicamente normativo, sino cultural y epistemológico.

Los abogados desconocían profundamente la lógica científica de la medicina y los profesionales de la salud ignoraban la estructura normativa, ética y constitucional que condiciona el ejercicio contemporáneo de las ciencias médicas. Ambos hablaban lenguajes distintos, operaban bajo racionalidades incompatibles y analizaban los conflictos desde visiones fragmentadas.

Por ello, trabajamos en promover estudios especializados, formación interdisciplinaria y escenarios académicos donde médicos, abogados, filósofos y científicos pudieran construir categorías comunes de análisis.

La finalidad era clara: evitar que el Derecho Médico terminara reducido a una expresión procesal de la responsabilidad civil o penal derivada del acto médico. Sin embargo, ocurrió exactamente lo contrario.

Con el paso del tiempo, el desarrollo colombiano del Derecho Médico fue absorbido progresivamente por el litigio, la judicialización y el mercado académico de la responsabilidad médica. La disciplina perdió profundidad filosófica, capacidad transformadora y perspectiva científica.

Se consolidó entonces una peligrosa deformación conceptual: identificar el Derecho Médico exclusivamente con demandas por mala praxis, auditoría de historias clínicas, procesos indemnizatorios y controversias aseguradoras.

El resultado fue la construcción de una disciplina reactiva, sancionatoria y procesalista, incapaz de evolucionar hacia un verdadero sistema biojurídico de regulación de las ciencias de la vida.

Mientras tanto, el mundo discutía: edición genética humana; inteligencia artificial aplicada al diagnóstico; neuroderechos; bioinformática; protección de datos biomédicos; medicina algorítmica; consentimiento informado dinámico; biobancos; medicina predictiva; nanotecnología médica; automatización clínica; medicina personalizada; bioeconomía y gobernanza de tecnologías disruptivas,

Colombia permanecía atrapada en discusiones elementales sobre culpa médica, carga de la prueba, responsabilidad contractual y cuantificación del daño.

La academia colombiana terminó privilegiando la rentabilidad litigiosa sobre la construcción científica.

Muchos programas académicos comenzaron a vender el Derecho Médico como una especialización funcional al mercado judicial, formando litigantes antes que verdaderos expertos en ciencias de la vida, ética biomédica o regulación tecnológica.

Se confundió experticia procesal con conocimiento biojurídico. Y esa confusión sigue vigente.

El problema se agravó porque el país tampoco logró construir una política pública seria de investigación y desarrollo en Bioderecho. No existe una verdadera institucionalidad biojurídica nacional ni centros robustos de investigación interdisciplinaria capaces de anticipar los conflictos derivados de las nuevas tecnologías biomédicas.

La discusión pública sigue siendo fragmentaria, episódica y generalmente reactiva frente a escándalos mediáticos o crisis sanitarias.

En Colombia, seguimos reaccionando al daño consumado en lugar de construir sistemas preventivos de regulación ética y jurídica.

Ese es quizás el mayor fracaso del Derecho Médico colombiano: haber llegado tarde a casi todos los debates estructurales de la contemporaneidad biotecnológica.

Incluso el concepto de Bioderecho sufrió una distorsión particularmente grave. En sus primeras etapas, hablar de Bioderecho generaba resistencia en ciertos sectores jurídicos tradicionales. El término era descalificado por considerarse ambiguo, innecesario o excesivamente filosófico. Muchos no comprendían que las ciencias biomédicas estaban transformando las categorías clásicas del derecho y exigiendo nuevas estructuras regulatorias.

Paradójicamente, hoy el término se utiliza de manera indiscriminada, pero frecuentemente vacío de contenido.

Algunos reducen el Bioderecho a una simple “rama jurídica que regula las prácticas biocientíficas y médicas”, desconociendo que su verdadera dimensión es mucho más profunda, compleja y transversal.

Tal como lo planteaba el maestro español Diego Gracia, la discusión bioética y biojurídica no puede limitarse a regular procedimientos médicos. Se trata de analizar los límites del poder científico sobre la vida humana y las condiciones éticas y jurídicas de legitimidad de dicho poder.

El Bioderecho surge, precisamente, como respuesta a un fenómeno histórico trascendental: el momento en que la ciencia adquiere capacidad real de intervenir, modificar, seleccionar, prolongar, condicionar e incluso rediseñar la vida humana.

Por ello, el Bioderecho no es únicamente regulación sanitaria ni responsabilidad médica. Es una teoría jurídica de los límites del poder biotecnológico.

La ética y el derecho constituyen los dos grandes sistemas normativos de control social frente al desarrollo científico. La ética orienta valores y principios; el derecho establece límites coercitivos y mecanismos institucionales de protección.

Reducir el Bioderecho a litigios médicos equivale a reducir el derecho constitucional únicamente a tutelas o el derecho penal exclusivamente a cárceles.

La pobreza conceptual de gran parte del debate colombiano ha impedido comprender que el verdadero problema contemporáneo ya no es solamente la responsabilidad del médico individual, sino el poder de los sistemas tecnológicos sobre la autonomía humana.

La inteligencia artificial diagnóstica, los algoritmos predictivos, el manejo masivo de datos genéticos, la automatización clínica, la ingeniería genética y las plataformas digitales de salud modificarán profundamente la relación médico-paciente, los sistemas de responsabilidad y los conceptos clásicos de autonomía, culpa y consentimiento.

Y Colombia no está preparada para ello. Ni las facultades de Derecho están formando juristas con competencias científicas suficientes, ni las facultades de medicina están preparando profesionales capaces de comprender las implicaciones constitucionales, éticas y regulatorias de las nuevas tecnologías biomédicas.

Persistimos en un modelo académico profundamente fragmentado, donde cada disciplina se protege a sí misma y evita el diálogo interdisciplinario real. El resultado es una estructura biojurídica débil, improvisada y excesivamente dependiente del litigio.

Hoy el país enfrenta una paradoja preocupante: tenemos más procesos de responsabilidad médica, más judicialización sanitaria y más especialistas litigantes que nunca, pero no hemos logrado construir un verdadero sistema nacional de Bioderecho capaz de orientar políticas públicas, investigación científica, regulación tecnológica y protección integral de la dignidad humana frente al poder biomédico.

Seguimos formando expertos para discutir el pasado mientras el mundo construye herramientas para regular el futuro.

El verdadero desafío del Derecho Médico contemporáneo no consiste simplemente en determinar quién responde por un daño médico, sino en establecer cuáles son los límites jurídicos, éticos y democráticos del poder científico sobre la vida humana.

Ahí es donde Colombia aún tiene una enorme deuda intelectual, académica e institucional.

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