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El Estado es competente para establecer medidas de control y prevención del deterioro ambiental (8:00 a.m.)

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09 de Mayo de 2012

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Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente y prevenir y controlar los factores que causan deterioro ambiental, señaló el Consejo de Estado. En esa medida, como se trata de un asunto que trasciende el interés eminentemente local o regional, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible puede regular el control y reducción de la contaminación ambiental. Con estos argumentos, la Sección Primera negó la nulidad de una resolución del entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en la que se reglamenta la disposición final técnica y adecuada de residuos sólidos de un relleno sanitario ubicado cerca de Tunja (Boyacá), con el fin de controlar y reducir la contaminación ambiental. Con la expedición de la Ley 99 de 1993, que introdujo el Sistema Nacional Ambiental, la jerarquía del sistema quedó en cabeza del ministerio del ramo, agregó la corporación (C.P. Marco Antonio Velilla Moreno).

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