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Informaciones ciertas divulgadas a través de los boletines de prensa de entidades investigadoras no vulneran el derecho al buen nombre (11:26 a.m.)

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30 de Junio de 2010

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La apertura de una investigación disciplinaria o penal y la información que sobre la misma se dé no afectan el derecho al buen nombre del investigado, señaló el Consejo de Estado al negar la tutela interpuesta por el magistrado Jose Alfredo Escobar Araújo contra la Procuraduría General, luego que su nombre apareciera en un boletín de prensa de la entidad donde se informó que se compulsaban copias a la Comisión de Acusaciones de la Cámara para que se evaluara la conducta del funcionario. La Sección Primera explicó que era deber de la entidad accionada, a través de su oficina de prensa, informar a la ciudadanía de las actuaciones que a su interior se adelantan con el fin de garantizar el derecho a la información, salvo las excepciones de ley. Añadió que el boletín de prensa no atenta contra el derecho al buen nombre del actor, pues a través del mismo no se está propagando entre el público una información falsa, sino que, por el contrario, se está dando a conocer un hecho cierto (C. P. Marco Antonio Velilla).

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