Exclusividad del recurso de reposición ante la Supersociedades no elimina la procedencia excepcional de la tutela (3:01 p.m.)
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11 de Octubre de 2010
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Las decisiones que dicte la Superintendencia de Sociedades en ejercicio de funciones jurisdiccionales deben estar ajustadas a los principios y derechos de origen constitucional, so pena de que sea procedente contra ellas la acción de tutela. La Corte Constitucional, en sentencia de tutela dada a conocer recientemente, señaló que las decisiones de dicha entidad en los procesos de liquidación obligatoria de empresas, en las que no se declare incompetente o que no contengan un pronunciamiento definitivo que ponga fin al trámite, pueden ser objeto sólo del recurso de reposición ante la misma entidad, sin perjuicio del ejercicio de la acción de tutela cuando se configure una causal especial de procedibilidad (M. P. Mauricio González Cuervo).
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