Es necesario conocer la motivación de los actos administrativos discrecionales que declaran insubsistentes a funcionarios del DAS del régimen de carrera especial (10:23 a.m.)
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28 de Diciembre de 2010
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El Consejo de Estado explicó que los empleados del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) pueden ser de régimen especial, respecto de todos los detectives de la institución, o de régimen ordinario, si se trata de funcionarios y empleados que no son de libre nombramiento y remoción. El consejo indicó que la insubsistencia del nombramiento de los detectives solo procede por haber tenido dos calificaciones deficientes de servicio dentro del mismo año y en un lapso superior de un mes o cuando el jefe del departamento, en ejercicio de la facultad discrecional, lo considere conveniente. La Sección Segunda advirtió que es imperiosa la motivación de los actos administrativos discrecionales que declaran insubsistentes a funcionarios del DAS del régimen de carrera especial, ya sea en el acto mismo o en sede judicial (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).
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