Errores secretariales en las diligencias de remate que causen perjuicio a los adquirientes pueden constituir falla en el servicio (4:27 p.m.)
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19 de Noviembre de 2010
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La Sección Tercera del Consejo de Estado consideró que el Estado es responsable por los errores que se cometen en las diligencias de remate dentro de los juicios ejecutivos que conducen a la invalidación de la adjudicación del bien. La Sección Tercera resolvió una acción de reparación directa ejercida por una señora que había adquirido un inmueble mediante una diligencia de remate en un proceso ejecutivo, pero debido a unos errores del juzgado donde se adelantó el proceso, dicha diligencia fue invalidada y, por consiguiente, la adquirente del inmueble tuvo que devolver el bien. Aunque le fue reintegrado el dinero pagado por el inmueble, la sala señaló que hubo falla del servicio del Estado, por el defectuoso funcionamiento de la administración de justicia, puesto que el daño antijurídico que sufrió la demandante se produjo como consecuencia del error cometido por el juzgado. Por tal razón, la sala condenó a la Nación a pagar una indemnización por los daños acarreados a la demandante (C. P. Mauricio Fajardo).
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