Consejo de Estado reitera cuándo es procedente la acción de reparación para obtener indemnización por perjuicios (10:02 a.m.)
66795
04 de Junio de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
Aunque la acción de reparación directa es la idónea para obtener la indemnización de los perjuicios causados por una operación administrativa, para que esta proceda es necesario que tal operación constituya la fuente directa del daño. El Consejo de Estado señaló que si el perjuicio fue causado por el acto que ejecuta la operación administrativa entonces la acción procedente para pretender una indemnización pasa a ser la de nulidad y restablecimiento del derecho. Así lo explicó la Sección Tercera al declararse inhibida para conocer de fondo sobre una acción de reparación directa, por no escoger apropiadamente la acción (C. P. Ruth Stella Correa).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!