Recuerdan que sustitución pensional debe extenderse a parejas del mismo sexo (10:27 a.m.)
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03 de Junio de 2015
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La Corte Constitucional recordó que en desarrollo directo de los mandatos constitucionales y siguiendo la jurisprudencia sobre la materia, la sustitución pensional que consagra el Decreto 1160 de 1989 también debe extenderse a las parejas del mismo sexo, siempre que se acredite la convivencia prolongada, por lo menos, de un año antes del fallecimiento del causante. Según el alto tribunal, en la actualidad es inconstitucional excluir a las parejas del mismo sexo del acceso a la pensión de sobrevivientes, en razón a su condición sexual. Por eso, reiteró que no existen fundamentos jurídicos legítimos a partir de los cuales se pueda sostener que dicha prestación, así como otros beneficios de la seguridad social, está limitada exclusivamente a las uniones heterosexuales (M.P. Luis Guillermo Guerrero).
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