«No se puede responsabilizar al Estado por la actividad furtiva y esporádica de los delincuentes. Se le responsabiliza cuando el desorden causante del daño se hace empresa pública, y aquél no intenta siquiera contrarrestarlo». Fallo del 17-XI-67, p. 292 https://t.co/eNMCCbNN67 pic.twitter.com/SbB9penBle
— Consejo de Estado (@consejodeestado) November 17, 2022
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