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Laboral


Conozca las fechas y cómo pagar la prima al trabajador de servicio doméstico

14 de Junio de 2017

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El Ministerio del Trabajo recordó a los empleadores y demás personas que empleen trabajadores domésticos que antes que termine el mes de junio deben pagar la prima de servicios, que corresponde a la mitad del salario mensual por el semestre trabajado, según la Ley 1788 del 2016.

 

Se debe recordar que en el grupo de trabajadores domésticos se encuentra toda persona natural que presta sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia y trabajadores de finca, entre otros. (Lea: Prima de servicios a trabajadores domésticos debe pagarse a partir de diciembre)

 

La ministra explicó que, de acuerdo con esta normativa, el pago de la prima de servicios corresponde a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así:

 

-          La mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad, a más tardar, los primeros 20 días de diciembre.

 

Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado. No obstante, teniendo en cuenta que un amplio número de trabajadores domésticos en Colombia trabajan por periodos inferiores a un mes, Mintrabajo, para facilidad del público, estableció una regla para la liquidación de la prima, cuya fórmula es así:

 

-          Prima de servicios = valor del salario mensual x (número de días trabajados en el semestre) / 360 (correspondiente a los días del año).

 

Como hemos informado, el pago de prima a estos trabajadores ratifica el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo y cumple la exhortación de la Sentencia C-871 del 2014 de la Corte Constitucional. La ley corrige un déficit de protección en materia laboral de 750.000 trabajadores.

 

Mintrabajo, Comunicado, Jun. 13/2017

 

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