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15 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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Buscan nueva fuente de financiación para el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles

29 de Abril de 2024

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Buscan nueva fuente de financiación para el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Freepik)

Ante la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes fue radicada la ponencia para primer debate del proyecto de ley 336/23C, que adiciona una fuente de financiación al Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Fepc) y crea una subcomisión de expertos encargada de estudiar y modificar la fórmula de fijación de precios de los combustibles.

Según el articulado propuesto por los representantes ponentes del proyecto, Óscar Darío Pérez, Lina María Garrido y Gilberto Betancour, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), el Ministerio de Minas y Energía y Ecopetrol tendrán tres meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley para “definir e implementar un esquema de financiamiento que permita cubrir el saldo del déficit que registra del Fepc, vía aportes de la Nación en programación del presupuesto general de la Nación y dividendos que le corresponderían a la Nación fruto de la liberación de una parte de la reserva ocasional de Ecopetrol”. (Lea: Buscan eliminar los impuestos aplicados a la gasolina y al ACPM).

Adicionalmente, se creará una subcomisión de expertos, como órgano autónomo e independiente adscrito a la Creg, para estudiar, proponer y desarrollar mecanismos de estabilización de los precios del combustible y establecer los cambios necesarios a la fórmula que determina el precio regulado en un máximo de tres años. (Lea: Creg establece incentivos para el uso eficiente de energía)

La iniciativa determina que la subcomisión deberá tener en cuenta tres modificaciones estructurales: (i) Cualquiera que fuere la fórmula, esta debe ser de aplicación obligatoria; (ii) la fórmula debe responder al diferencial entre el Precio de Paridad (PP) y el Ingreso al Productor (IP), entre más alto sea el diferencial más alto debería ser el ajuste y (iii) el valor esperado del déficit producto de la fórmula debe ser consistente con una restricción presupuestal previamente definida.

La subcomisión formulará e implementará una política diferencial de combustibles para los departamentos, municipios y áreas no municipalizadas fronterizas, “asegurando que estas medidas sean pertinentes y efectivas, con el fin de fomentar el desarrollo económico integral y de contribuir a la lucha contra el contrabando”. (Lea: Periodo de cuatro años para designación de expertos de la CREG no desconoce facultad de libre remoción).

Este grupo de expertos se reunirá mínimo cuatro veces por año y su composición, naturaleza, reglamento, ejercicio de sus funciones, adopción de decisiones, cuórums, mayorías, convocatoria y demás estará  a cargo de los ministerios de Hacienda y Minas.

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