Pasar al contenido principal
02 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 12 minutos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


⁠Lista conciliación del fondo para proteger a mujeres periodistas víctimas de violencia

19 de Abril de 2024

Reproducir
Nota:
182286

La Secretaría General del Senado de la República publicó el informe de conciliación del proyecto de ley 106/22S-322/23C, con el cual buscan crear el Fondo de prevención, protección y asistencia de mujeres periodistas víctimas de violencia de género.

La iniciativa, cuyos ponentes fueron los congresistas Tamara Argote y Carlos Alberto Benavides, busca dar cumplimiento a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso de la periodista Jineth Bedoya Lima vs. Colombia. (Lea: Congreso aprobó fondo para proteger a mujeres periodistas víctimas de violencia).

Este fondo, que llevará el nombre de “No es Hora de Callar”, estará destinado a la financiación de programas dirigidos a la prevención, protección y asistencia a las mujeres afectadas por violencia basada en género en el ejercicio de su profesión, así como para la adopción de medidas eficaces de protección para garantizar su seguridad.

El Gobierno será el encargado de trazar su alcance, naturaleza y propósito, mientras que el funcionamiento, operación y administración estará a cargo del Centro Nacional de Memoria Histórica.

Jineth Bedoya Lima vs. Colombia

El 25 de mayo del 2000, Jineth Bedoya, entonces periodista de El Espectador, fue interceptada en la puerta de la Cárcel La Modelo, en Bogotá, mientras esperaba a que le autorizaran la entrada para una entrevista previamente acordada con un jefe paramilitar, como parte de una investigación sobre tráfico de armas, desapariciones y homicidios en las prisiones colombianas.

Bedoya fue retenida 16 horas, fue secuestrada, torturada, violada y luego la abandonaron en una carretera en las afueras de la ciudad.

Ante estos hechos, la Corte IDH encontró al Estado colombiano responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, honra, dignidad y libertad de expresión de Bedoya, y advirtió sobre indicios graves, precisos y concordantes de la participación estatal en las terribles agresiones que sufrió.

La Corte ordenó al Estado ejecutar una serie de medidas de reparación colectivas e individuales:

Medidas cumplidas.

  1. Publicar el resumen oficial de la sentencia en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación nacional, así como la sentencia, en su integridad, en un sitio web oficial del Estado.
  2. Pagar las cantidades fijadas en la sentencia por concepto de rehabilitación.
  3. Pagar las cantidades fijadas en la sentencia por daño material, inmaterial y costas.
  4. El Estado reintegrará al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos la cantidad erogada durante la tramitación del caso.
  5. El Estado, dentro del plazo de un año contado a partir de la notificación de la sentencia, rendirá al tribunal un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la misma.

Medidas en trámite de cumplimiento.

  1. Promover y continuar las investigaciones que sean necesarias para determinar, juzgar y, en su caso, sancionar a los restantes responsables de los actos de violencia y tortura que sufrió Bedoya en el 2000.
  2. Promover y continuar las investigaciones que sean necesarias para determinar, juzgar y sancionar a los responsables de los actos de amenazas que ha sufrido Bedoya antes y después de los hechos ocurridos el 25 de mayo y que han sido puestos en conocimiento del Estado, así como a los responsables del ataque recibido por Bedoya y su madre el 27 de mayo de 1999.
  3. El Estado adoptará todas las medidas necesarias para que en el curso de estas investigaciones y procesos se garantice la vida, integridad personal y seguridad de Jineth Bedoya y su madre.
  4. Garantizar la difusión del programa trasmedia ‘No es hora de callar’, el cual se transmitirá por el sistema de medios públicos, cuyo contenido comprenda al menos 60 minutos mensuales durante cinco años.
  5. Crear e implementar un plan de capacitación y sensibilización a funcionarios públicos, fuerzas de seguridad y operadores de justicia para garantizar que cuenten con los conocimientos necesarios para identificar actos y manifestaciones de violencia contras las mujeres basadas en el género que afectan a las mujeres periodistas, protegerlas en situación de peligro e investigar y enjuiciar a los perpetradores.
  6. Crear un centro estatal de memoria y dignificación de todas las mujeres víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado y del periodismo investigativo con un reconocimiento especifico a la labor de las mujeres periodistas, el cual debe llevar el nombre “Centro Investigativo ‘No es Hora de Callar’ y deberá contar con la participación de Bedoya.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)