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26 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 13 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Columnistas

David contra Goliat, una nueva decisión de la CIJ

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Ricardo Abello – Galvis

Profesor de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario

 

El pasado 5 de octubre, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) profirió las tres sentencias de excepciones preliminares en los casos de las Islas Marshall contra India, Pakistán y el Reino Unido relativas a las obligaciones relacionadas con las negociaciones tendientes a que cese la carrera de las armas nucleares y al lograr el desarme nuclear.

 

A nuestro modo de ver, como ya ha sido insinuado en columnas pasadas, estos casos son una clara muestra de que el Derecho es una herramienta que les permite a los diferentes sujetos, en este caso los Estados, encontrarse en plano de igualdad ante un tercero para resolver los diferendos jurídicos por medio de la solución pacífica de controversias.

 

Los casos en concreto son efectivamente agridulces respecto a lo señalado en el párrafo anterior. Esto, en la medida en que la demanda inicial se hizo contra nueve Estados, de estos solo tres aceptaban la competencia de la CIJ. En ese sentido, las Islas Marshall acudieron a la figura conocida como Forum Prorrogatum, en aras de que seis de los nueve Estados aceptaran la competencia por esta vía, que consiste en una aceptación tácita de la competencia de la Corte. Finalmente, China, EE UU, Rusia, Francia, Israel y la República Popular Democrática de Corea no aceptaron la competencia de la CIJ bajo esta figura. En consecuencia, los casos siguieron adelante contra tres de los nueve Estados, aquellos ya mencionados en el primer párrafo de este escrito.

 

Estos tres Estados, que aceptan la competencia de la CIJ para diversos diferendos, de acuerdo con las declaraciones de aceptación de la competencia de la Corte en virtud del artículo 36.2 del Estatuto de este tribunal, interpusieron excepciones preliminares frente a la demanda presentada por las islas Marshall, en aras de determinar la falta de competencia de la CIJ para conocer de estos casos.

 

Como punto de central de la discusión, las Islas Marshall consideraban que dos de los tres Estados demandados, India y Pakistán, habían faltado a su obligación consuetudinaria de negociar de buena fe una pronta solución para evitar la carrera armamentista de armas nucleares. Con relación al Reino Unido, la situación era sustancialmente diferente, en la medida en que, en este caso, no se trataba de probar una obligación consuetudinaria, sino una obligación convencional, por ser el Reino Unido Estado parte del tratado contra la proliferación de armas nucleares de 1968.

 

El común denominador de las tres excepciones fue la ausencia de diferendo entre las partes. Esta postura no es extraña, desde el caso Mavrommatis, en 1924, decisión de la Corte Permanente de Justicia Internacional, las cortes internacionales han tenido que lidiar con este argumento y, en general, estos tribunales han aceptado su competencia. En el presente caso, la situación fue diferente: la CIJ determinó que no había diferendo entre las partes, argumentando que para determinar su existencia en un caso contencioso se debe acudir a los elementos de prueba y no solo a las posiciones divergentes de las partes.

 

Ahora bien, lo más curioso de estos tres casos es que resulta increíble que en litigios similares, por no decir idénticos, la votación haya sido diferente cuando se trató del Reino Unido. Esto teniendo en cuenta que, nuevamente, de acuerdo con las normas que regulan la actividad de la CIJ, fue el voto del Presidente el que terminó dirimiendo un empate de los jueces.

 

A modo de conclusión, este asunto nos deja con un sabor amargo en la boca. De un lado, a Colombia, por la forma como se dirimió el empate en este caso y, de otro, a Bolivia y Chile, en lo relativo a lo que debe entenderse como una negociación de buena fe, que es la esencia de uno de los casos que enfrenta a estos dos Estados.

 

Para terminar, solo me resta decir que, en este caso, desafortunadamente no ganó David.

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