¿Qué pasa si se liquida el impuesto predial en persona equivocada? (3:49 p.m.)
26 de Septiembre de 2018
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Nota:
109457
Las liquidaciones oficiales del impuesto predial deben proferirse a nombre del titular de los derechos reales sobre el predio en cuestión, para lo cual la Administración cuenta con amplias facultades de fiscalización y verificación, indicó el Ministerio de Hacienda. Si se profiere liquidación oficial a nombre de persona equivocada es necesario iniciar nuevamente el proceso de determinación oficial, siempre y cuando se cuente con el término para proferir los actos de liquidación correspondientes, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias y de responsabilidad fiscal que se deriven por la eventual pérdida de competencia para el cobro de obligaciones incumplidas.
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