Establecen valores para determinar la renta o ganancia ocasional por la venta de bienes raíces y acciones durante el 2010 (4:39 p.m.)
30 de Diciembre de 2010
Reproducir
Nota:
71022
A través del Decreto 4837, reglamentario de los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario, el Gobierno estableció hoy los valores que los contribuyentes personas naturales podrán tomar como costo fiscal para determinar la renta o ganancia ocasional, según el caso, proveniente de la enajenación de bienes raíces y acciones o aportes que tengan el carácter de activos fijos durante el 2010. Los contribuyentes podrán ajustar el costo de los activos fijos, por dicho año gravable, en un 2,35%, de acuerdo con el artículo 70 señalado, agrega el reglamento.
Opina, Comenta