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Actualizado hace 25 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Listo decreto que libera las tarifas del transporte de mercancías por carretera (11:30 a.m.)

15 de Junio de 2011

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Nota:
74234
Las relaciones económicas entre los generadores de carga, los propietarios o poseedores de vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor de mercancías y las empresas del sector se regirán, en adelante, por el Decreto 2092, que expidió ayer el Gobierno. La norma adopta el régimen de libertad vigilada, es decir que las partes fijarán las tarifas, según las condiciones del mercado. El Ministerio de Transporte tendrá un sistema de información de costos de referencia, que les servirá de apoyo a las partes para determinar los parámetros de negociación. Este sería el Sistema de Información de Costos Eficientes (Sice), promocionado recientemente por esa cartera, que remplaza la tabla de fletes. Cuando el valor a pagar promedio en una determinada ruta origen-destino se encuentre sistemáticamente por debajo del nivel de costos eficientes de operación estimados por el Mintransporte, este podrá intervenir y fijar el valor mínimo del mismo, advierte la nueva regulación. Esta deroga el Decreto 2663 del 2008, que autorizó un incremento del 12,5% al valor del flete por tonelada pactado en los contratos suscritos entre los remitentes de carga y las empresas transportadoras, adicional a los valores fijados en la Resolución 5250 del 2007 (tabla de fletes). Esta derogatoria regirá en tres meses.

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