Es improcedente imponer la sanción por incumplimiento de los procedimientos establecidos por la DIAN, por un error de digitación (4:27 p.m.)
30 de Marzo de 2010
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Nota:
65377
La sanción grave por operar el sistema informático aduanero incumpliendo los procedimientos e instrucciones establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) no se puede imponer en todos los casos en que se cometa un error de digitación en la planilla de recepción ingresando un dígito de más al documento de transporte, pues tal circunstancia no configura el presupuesto para aplicarla. Así lo explicó la Dirección de Gestión Jurídica de la entidad.
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