Aunque no requiere autorización, importador de textiles y calzado debe pasar controles de fiscalización (2:15 p.m.)
12 de Agosto de 2013
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Nota:
90424
Aunque las personas naturales o jurídicas que decidan importar textiles y calzado no requieren autorización ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en virtud de lo previsto en el Decreto 601 del 2013, ello no obsta para que las importaciones realizadas al territorio aduanero nacional deban cumplir las condiciones y requisitos establecidos en el Decreto 2685 de 1999 y pasar los controles de fiscalización, de acuerdo con el Decreto 4048 del 2008.
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