Superindustria prepara reglamento para el trámite de terminación de contratos de telecomunicaciones (4:58 p.m.)
01 de Diciembre de 2010
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Nota:
70384
Teniendo en cuenta que en virtud de la Ley de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – TIC (Ley 1341/09) la Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) es el órgano competente de la protección de los usuarios de telecomunicaciones, este organismo se alista a definir las condiciones para la atención de solicitudes de terminación de contratos de telecomunicaciones, con el fin de garantizar la libertad de elección de los usuarios consagrada en el artículo 53 de la citada ley, y en armonía con el Régimen de Protección de los Derechos de los Suscriptores y Usuarios de Servicios de Telecomunicaciones (Resolución 1732/07 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones - CRC). Un proyecto de circular en ese sentido, que estará disponible para comentarios hasta mañana 3 de diciembre, al correo gregulacion@sic.gov.co, contempla, entre otras medidas, que, en ningún caso, los proveedores de tales servicios podrán condicionar el trámite de una solicitud de terminación de contrato a la cancelación de las obligaciones en mora a cargo del suscriptor.
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