Servidumbre para la prestación de servicios públicos requiere autorización del propietario del inmueble (2:24 p.m.)
14 de Julio de 2010
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Nota:
67345
Cuando haya necesidad de imponer servidumbre para la prestación de servicios públicos, las empresas prestadoras deben solicitar la autorización del propietario del inmueble y llegar a un acuerdo sobre las condiciones de la prestación, precisó la Superintendencia de Servicios Públicos, en concepto de mayo. Lo anterior, teniendo en cuenta que una de las restricciones al derecho de acceso a los servicios públicos es la afectación de bienes comunes, tratándose del régimen de propiedad horizontal.
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