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Actualizado hace 57 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tecnología


No es posible restringir el lenguaje de los medios de comunicación para divulgar noticias y opiniones (4:19 p.m.)

25 de Febrero de 2015

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Nota:
99535
Para determinar si un periódico desconoció los derechos a la igualdad y al buen nombre al emplear en dos publicaciones el término “negrearon” y negarse a rectificarlo por considerar que dicha palabra no tiene contenido discriminatorio, la Corte Constitucional reiteró la jurisprudencia sobre las libertades de expresión, de información y la obligación de rectificación. En este contexto, señaló que la Constitución protege especialmente al derecho a la información por su importancia en el Estado social y democrático de derecho y advirtió que los límites a la actividad informativa son taxativos y por eso “no es posible restringir el lenguaje escogido por los medios de comunicación para divulgar noticias u opiniones”. El lenguaje coloquial no está prohibido constitucionalmente sobre todo cuando por medio del mismo se logra expresar y difundir de manera más efectiva cierta información, agregó. Sobre la libertad de expresión, reiteró que no se circunscribe al contenido de lo que se da a conocer sino también a la forma que se emplea para este fin, lo cual no es un asunto menor considerando la gran influencia que tienen los medios de comunicación en la sociedad y su poder de influencia (M. P. Mauricio González Cuervo).

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