Empaque de los teléfonos celulares debe incluir un aviso sobre funcionalidad en redes
17 de Marzo de 2021
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Nota:
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De acuerdo con lo previsto en la Circular 22 del 2019, de la Superintendencia de Industria y Comercio, los productores, proveedores o expendedores legalmente autorizados para la venta de teléfonos celulares deben incluir en forma visible en la parte frontal de la caja o embalaje de los equipos un aviso en el que se identifique la funcionalidad en redes tales como 2G, 3G, 4G o posteriores, sean algunas, todas o una combinación de las mismas. Dicho aviso no podrá tener menos de siete centímetros de ancho por tres centímetros de alto. Lo anterior en razón a que la información sobre las funcionalidades de los equipos terminales móviles debe ser clara, transparente, necesaria, veraz y oportuna, con el fin de evitar que se induzca a error a los usuarios de telecomunicaciones al momento de adquirir un equipo móvil y puedan tomar decisiones de manera libre y espontánea respecto al servicio que desean contratar, en especial en lo referente a tecnología y funcionalidades. El deber legal de información al consumidor o usuario incluye tanto la veracidad de la información como la suficiencia de la misma, en ambos casos con el objetivo de que pueda razonablemente determinar su comportamiento en el mundo económico y de los negocios.
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