CRC recuerda reglas para modificar tarifas aplicables a servicios de comunicaciones (8:35 a.m.)
15 de Agosto de 2013
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Nota:
90514
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) expidió una circular que reitera los lineamientos y reglas que aplican para la modificación (incrementos) de tarifas, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Resolución CRC 3066 del 2011, la cual adoptó el régimen integral de protección de los derechos de los usuarios de servicios de comunicaciones. En la circular, la CRC explica con claridad cómo en el contrato deben estipularse las modificaciones e incrementos que se darán a las tarifas previamente concertadas entre el proveedor y el usuario, para lo cual el primero debe informar cuándo ocurrirán, a través de los distintos mecanismos de atención al usuario, dándole así la posibilidad de terminar el contrato si los incrementos no se adecúan a sus necesidades. Para cerrar, recuerda que el proveedor no puede modificar, de forma unilateral, las condiciones pactadas en el contrato.
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