Suspendido penalista por no presentar a tiempo un recurso de casación (4:00 p.m.)
25 de Abril de 2018
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Nota:
60990
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sanciona a un abogado con suspensión en el ejercicio de la profesión de dos meses y una multa de un salario mínimo por cometer una falta relacionada con la debida diligencia. Se trata de la falta descrita en el numeral 1° del artículo 37 (a título de culpa) de la Ley 1123 del 2007, la cual se configura por demorar la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas o dejar de hacer oportunamente las diligencias propias de la actividad legal, descuidarlas o abandonarlas. Según el concepto de la Sala, el disciplinado era merecedor de esta sanción, pues presentó extemporáneamente un recurso extraordinario de casación dentro de un proceso penal en contra de su cliente, por el delito de actos sexuales abusivos con menor de 14 años. “Los profesionales del Derecho al aceptar la designación como apoderados judiciales deben adelantar oportunamente las gestiones a las cuales se comprometen con los clientes, lo contrario atenta contra las obligaciones y deberes por los que deben velar”, finaliza el pronunciamiento judicial (M. P. Julia Emma Garzón)
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