Suspenden a abogada por proponerle a su cliente una negociación ilegal (3:15 p.m.)
06 de Octubre de 2017
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Nota:
57449
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sentencia que suspendió por un año del ejercicio de la profesión a una abogada luego de declararla responsable de una falta descrita en el numeral 9° del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007. Este numeral establece que constituye una falta contra el decoro profesional aconsejar, patrocinar o intervenir en actos fraudulentos en detrimento de intereses ajenos, del Estado o de la comunidad. Según el análisis de la Sala, la disciplinable le planteó a su poderdante una serie de estrategias en aras de obtener un supuesto resultado favorable, el cual se alcanzaría negociando de manera ilegal con una jueza civil del circuito de Bucaramanga, quien era la funcionaria del caso en el que el quejoso fungía como demandante, un porcentaje de lo que eventualmente pudiera resultar del proceso ordinario de declaración de pertenencia que llevaban las partes (M. P. Fidalgo Javier Estupiñán).
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