Sancionan a litigante por estar borracho durante la audiencia y no acordarse de lo sucedido (3:58 p.m.)
08 de Septiembre de 2017
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Nota:
57022
El Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sanciona con censura a un litigante por cometer una falta contra la dignidad de la profesión. En efecto, fue hallado responsable de incurrir en la falta prevista en el numeral 2° del artículo 30 de la Ley 1123 del 2007, a título de culpa. Según comprobó la Sala, en una audiencia de formulación de acusación el disciplinado, en su condición de apoderado de confianza de un acusado por el delito de perturbación a la posesión, se presentó en estado de embriaguez. Vale la pena decir que este también confirmó su actuar, manifestando que “efectivamente había ingerido alcohol y no se acordaba lo que había sucedido ese día”. En el documento adjunto a esta nota encuentre tanto los detalles del caso como las demás consideraciones que tuvo en cuenta el alto tribunal (M. P. Julia Emma Garzón).
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