Por este error en audiencia, pese a nueva oportunidad del juez, suspenden a abogada (2:39 p.m.)
24 de Abril de 2018
Reproducir
Nota:
61025
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sanciona a una abogada con suspensión de dos meses en el ejercicio de la profesión por cometer una falta relacionada con la debida diligencia. Según reseña el fallo, la disciplinada no interpuso un recurso de apelación en una audiencia fijada dentro de un proceso que adelantaba un juzgado del circuito de oralidad de Medellín, en el cual su cliente resultó condenada a liquidar y pagar una sociedad de hecho que había existido con su excompañero permanente, decisión que era totalmente desfavorable a sus intereses. Se observó que en el desarrollo de la audiencia se le concedió la palabra, a fin de que indicara si iba hacer uso del recurso de apelación, la profesional erradamente recurrió la decisión mediante el recurso de reposición. Durante la misma audiencia y trámite oral el juez acudió a interpretar su querer y le concedió, no obstante haber declarado improcedente el recurso, la palabra para que manifestara lo pertinente. A pesar de tener una nueva oportunidad de interponer el recurso y/o explicar que su querer había sido recurrir la sentencia en apelación, prefirió guardar silencio, cuando, según el concepto de la Sala Disciplinaria, debió haberlo interpuesto de manera inmediata, por tratarse de una sentencia dictada en audiencia, situación que no le permitió a su cliente defender por última vez sus intereses (M. P. Magda Victoria Acosta).
Opina, Comenta