Abogado no volverá a litigar por no reintegrar millonaria suma a Colpensiones y a su cliente (11:24 a.m.)
13 de Febrero de 2018
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Nota:
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El disciplinado no reintegró $ 69 millones a favor de Colpensiones y tampoco le devolvió el dinero a su cliente, siendo deber de todos los abogados entregar a la menor brevedad el capital que por cuenta del mandante reciben en desarrollo de las gestiones encargadas. Así lo concluyó recientemente la Sala Disciplinaria del Consejo Superior luego de confirmar una decisión en la que se excluye a un litigante de la profesión por quebrantar, principalmente, la falta consignada en el numeral 4° del artículo 35 de la Ley 1123 del 2007, agravada por el artículo 43 y el literal c) del numeral 6° del artículo 45 de la misma normativa disciplinaria. Cabe aclarar que se configura esta falta cuando un jurista no entrega a quien corresponda y a la menor brevedad posible dineros, bienes o documentos recibidos en virtud de la gestión profesional, o por la demora en la comunicación de este suceso. Según reseña el proceso, la materialidad de la falta se demostró con las pruebas oportunamente allegadas al expediente, en tanto el litigante se apropió y retuvo, en dos desembolsos, una cantidad de dinero que la entidad pagó de un retroactivo pensional (M. P. julia Emma Garzón).
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