Providencias de segunda instancia que resuelven el objeto de la apelación interrumpen la prescripción penal (8:05 a.m.)
08 de Enero de 2010
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Nota:
64033
La Corte Suprema de Justicia recordó que el término de prescripción de la acción penal se cuenta a partir de la ejecutoria de la resolución de acusación. Sin embargo, advirtió la Sala Penal, si contra alguna decisión del juez el defensor del acusado interpone el recurso de apelación, ese término se interrumpe. La corporación precisó que aunque ese recurso sea sustentado extemporáneamente, el término sigue suspendido (M.P. María del Rosario González de Lemos).
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