Reiteran que sentencia no puede incluir circunstancia de mayor punibilidad ausente en la acusación (12:25 p.m.)
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17 de Mayo de 2013
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Cuando la sentencia incluye una circunstancia de mayor punibilidad que no fue imputada en la acusación desconoce la consonancia entre la convocatoria a juicio y el fallo, reiteró la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Al respecto, explicó que el señalamiento en la acusación de una forma de participación para ejecutar el delito no implica necesariamente una inequívoca imputación jurídica de la circunstancia de agravación referente a obrar en coparticipación criminal, fijada en el numeral 10 del artículo 58 de la Ley 599 del 2000. De otro lado, indicó que la inhabilidad para participar en licitaciones y celebrar contratos con entidades estatales no es una nueva pena. Finalmente, recordó que la resolución acusatoria de segunda instancia queda ejecutoriada el día en que se profiere y no el de su comunicación, de acuerdo con el inciso 2° del artículo 187 de la Ley 600 del 2000 (M. P. Fernando Castro).
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