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23 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 34 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Procuraduría califica de error jurídico suspensión de proceso de extradición de Jesús Santrich

22 de Mayo de 2018

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La Sección de Revisión del Tribunal para la Paz de la JEP profirió la semana pasada un auto que avocaba conocimiento del caso Jesús Santrich y ordenaba a las autoridades nacionales suspender el trámite de extradición.

 

La nueva corporación judicial explica que, con fundamento en el artículo 19 del Acto Legislativo 01 del 2017, la competencia para resolver las cuestiones referidas a la extradición radica en la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz.

 

Lo anterior produjo un fuerte debate sobre las competencias de la jurisdicción especial para la paz (JEP), pues aún no tiene su propia ley estatutaria y actualmente se encuentra funcionando con base en la mencionada reforma constitucional y el reglamento interno de la corporación. (Lea: ¿Se inventó la JEP un nuevo trámite de extradición?)

 

Este hecho sin precedentes para la administración de la justicia transicional generó distintas reacciones, de las cuales es preciso mencionar la del fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martínez, que enfatizó que con la decisión de la JEP se está poniendo en riesgo la institucionalidad y el orden constitucional de Colombia, al tiempo que solicitó al Ministerio Público que interviniera en este trámite para que se decrete su nulidad.

 

 

Consideraciones del Ministerio Público

 

Al respecto, el procurador general de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, advirtió que la suspensión de la extradición de dicho exmilitante de las Farc  no es viable y no está contemplada dentro del ordenamiento jurídico, por lo que anunció que interpondrá todos los recursos legales para subsanar este “error jurídico”.

 

“Nosotros creemos que el camino que tomó esta nueva instancia judicial para suspender el trámite de la extradición es un camino abiertamente inconstitucional y nos negamos a ser notificados de estas decisiones a través de los medios de comunicación”, sentenció Carrillo.

 

Vale la pena decir que este pronunciamiento se dio luego de la instalación del foro ‘Justicia Internacional y lucha contra la impunidad’. (Lea: “La JEP debe modificarse, a través de un acto legislativo o de un referendo”)

 

“Fue una gran sorpresa que no se hubiera oído al Ministerio Público, que no se le hubiera notificado y, por eso, pensamos, que es preocupante que los derechos de las víctimas queden en entredicho, así como lo inédita que es la decisión, en el sentido de que no existe dentro del ordenamiento constitucional y legal colombiano la figura de la suspensión del trámite de extradición”, agregó el jefe del órgano de control.

 

Finalmente, indicó que la suspensión de la extradición Santrich no puede fundarse al amparo de un protocolo o reglamento interno diseñado por la misma JEP.  Lo anterior en tanto esta materia debe ser regulada por el legislador. “Aquí sí vale la pena hacer un llamado al Congreso de la República para urgirlo en la adopción del código de procedimiento de la JEP”, finalizó.

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