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29 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Falsedad en documento privado no requiere que creación y uso sean realizados por la misma persona

24 de Octubre de 2018

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El delito de falsedad en documento privado no requiere que la creación del instrumento y su uso sean efectuados por la misma persona, sustentó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al desatar un recurso de casación.

 

Al respecto afirmó que bien puede ocurrir que un autor altere la verdad y otro emplee el respectivo documento para los fines perseguidos, respondiendo los dos por el resultado finalmente concretado gracias a su obrar mancomunado. (Lea: Análisis paso a paso del nuevo proceso penal especial abreviado y el acusador privado)

 

La Corporación aseguró que las variaciones que ocurran en torno a la forma de intervención del sujeto activo en la conducta punible no determinan una trasgresión al principio de congruencia, siempre y cuando se conserve la misma estructura fáctica delimitada en la resolución de acusación, toda vez que en tales eventos no se alcanza a socavar el derecho al ejercicio de defensa del procesado, ni se altera la estructura del proceso.

 

Caso concreto

 

Una ciudadana presentó a una oficina de seguros un documento titulado “inclusión”, relacionado con dos certificados de depósito a término, consiguiendo que se giraran a su nombre dos cheques por las sumas de $ 11 millones y $ 16 millones. El importe del primer cheque fue abonado a una cuenta bancaria de la condenada y sobre el segundo se dio orden de no pago.

 

Según los hechos, se estableció que la firma de la dueña del dinero en el documento, previamente fue diagnosticada con síndrome demencial, era falsa por imitación por parte de su hermana (quien fue presionada para ello). (Lea: Conozca las sanciones disciplinarias a fiscal que se acreditó falsamente como abogado)

 

La Sala precisó que este delito no requiere que la creación y el uso del instrumento sean efectuados por la misma persona (M. P. Luis Antonio Hernández Barbosa).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-32002018 (47500), Ago. 8/18.

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