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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


El debate sobre la autonomía de Medicina Legal en dictámenes sobre detención domiciliaria

04 de Enero de 2019

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La Procuraduría General de la Nación pidió a la Corte Constitucional dejar en firme la norma que exige a los jueces un dictamen previo del Instituto de Medicina Legal como requisito para conceder la detención domiciliaria a los reclusos en estado grave de salud.

 

El Ministerio Público indicó que el dictamen pericial emitido por médico oficial sobre la salud de los afectados con detención preventiva, sean imputados o acusados, es un apoyo a la administración de justicia y, por lo tanto, no genera un desequilibrio en el desarrollo del proceso penal. (Lea: Detención domiciliaria a juez de ejecución de penas que concedía beneficios irregularmente).

 

Así mismo, dijo que este instituto no está subordinado a la Fiscalía General de la Nación, como lo argumenta la acción de inconstitucionalidad en contra del numeral 4° del artículo 314 del Código de Procedimiento Penal, pues se trata de una entidad con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa.

 

Según el concepto, si bien el Fiscal General participa en la junta directiva del instituto y designa a su director esto no puede interpretarse como una falta de autonomía o subordinación, sino como una expresión de los controles existentes para la fijación de políticas generales y su coordinación con otras ramas del poder público.

 

Y puntualizó que dicho dictamen de Medicina Legal no rompe la igualdad entre las partes procesales, porque la detención domiciliaria por definir no está relacionada con el objeto de la investigación penal. En estos casos, explica, es el juez quien define si el imputado o acusado debe permanecer en una clínica o un hospital.

 

“El concepto médico es uno de los medios de prueba que el togado debe considerar para fundamentar su decisión, y es el funcionario judicial quien debe velar para que las condiciones de reclusión sean compatibles con el estado de salud del detenido”, finaliza el escrito.

 

Procuraduría General de la Nación, Concepto 6484, Nov. 14/18.

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