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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Decisiones con apreciación razonable del derecho o de las pruebas no constituyen prevaricato por acción

16 de Julio de 2018

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Desde el aspecto objetivo, el delito de prevaricato por acción se configura cuando el servidor público, judicial o administrativo, emite, en ejercicio de sus funciones, una decisión que contraviene de manera ostensible, grosera o evidente la ley, entendida esta en su concepción material, es decir, cualquier norma jurídica aplicable al caso concreto sobre la cual le corresponde proveer, así lo sustentó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. (Lea: En el prevaricato por acción el juicio que se emite es de legalidad y no de acierto)

 

Igualmente, a partir de la expresión “manifiestamente” del artículo 413 de la Ley 599 del 2000, que regula esta conducta y califica la contrariedad que debe existir entre la resolución, dictamen o concepto y el derecho aplicable, el fallo aseguró que estas expresiones deben contener conclusiones abiertamente opuestas a lo que muestran las pruebas o al derecho bajo el cual debe resolverse el asunto.

 

En tal sentido, queda por fuera del ámbito de aplicación de este tipo penal aquellas decisiones que, aunque puedan reputarse equivocadas o erradas, responden a una apreciación razonable o plausible del derecho o de las pruebas.  (Lea: Absuelven de prevaricato a jueza que aplicó erróneamente excepción procesal durante una restitución)

 

De otra parte, en relación con el aspecto subjetivo de la conducta, el legislador únicamente incluyó la modalidad dolosa, lo que supone que la contrariedad entre lo resuelto y el ordenamiento jurídico debe ser producto de la voluntad conscientemente dirigida a emitir una decisión ilegal.

 

Por último, tratándose de prevaricato en decisiones judiciales, la Sala Penal ha exigido, además de la acreditación del dolo, la constatación de una finalidad corrupta en el comportamiento del agente, bien sea mediante prueba directa o inferencias razonables (M. P. Eugenio Fernández Carlier).

 

CSJ Sala Penal, Sentencia SP-16572018 (52545), mayo 16/2018

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