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Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Condena a exgobernador divide a la Sala Penal frente a la aplicación de doble instancia para aforados

17 de Agosto de 2018

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia inaplicó el Acto Legislativo 01 del 2018, que instituyó la doble instancia en materia penal para aforados, para condenar al exgobernador de Guaviare, José Alberto Pérez Restrepo, como autor responsable del delito de concierto para delinquir agravado, teniendo en cuenta la acreditación de los nexos sostenidos con grupos paramilitares.

 

Ante esta decisión, el magistrado Eyder Patiño salvó su voto, pues, a su juicio, adoptar este fallo viola la Constitución Política, considerando la imposibilidad de garantizar la doble instancia y el derecho a impugnar la primera condena, que hoy se encuentran consagrados en la Carta Política. (Lea: Sala Penal de la Corte Suprema suspende emisión de sentencias de única instancia para aforados)

 

El magistrado Eugenio Fernández salvó parcialmente su voto e indicó que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia debe continuar conociendo de las investigaciones y juzgamientos penales contra aforados constitucionales y aforados legales de juzgamiento de esa corporación, dándoles un trámite de primera instancia y admitiendo el recurso de apelación contra la sentencia proferida, así como también acatando el trámite de la impugnación por doble conformidad judicial contra la primera condena. (Lea: Estos son los preseleccionados para magistrados de investigación y juzgamiento de aforados)

 

Además, agregó que esa es la justicia que se debe administrar para todos los colombianos a partir del Acto Legislativo 01, que hizo regulaciones en las que están comprometidas garantías fundamentales, el interés público, el respeto por los fallos de la Corte Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (M. P. Eugenio Fernández Carlier y Luis Antonio Hernández Barbosa).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-6932018 (43421), Mar. 14/18.

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