Ante allanamiento o preacuerdo, incremento de la pena es inaplicable para algunos delitos
31 de Octubre de 2017
Al desatar una acción de revisión, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que en el año 2013 modificó su criterio jurídico y señaló que, de acuerdo con la finalidad del artículo 14 de la Ley 890 del 2004, el incremento de pena previsto en esta disposición es inaplicable cuando el imputado se allana a cargos o preacuerda con la fiscalía por alguno de los delitos que, según el artículo 26 de la Ley 1121 del 2006, se hallan excluidos de todo beneficio judicial y administrativo. (Lea: Corte explica procedencia de rebaja de penas en delitos contra menores)
Así mismo, en la Sentencia 37761 del 2015, la Sala aplicó similar interpretación para los casos en que no sea procedente conceder beneficios a los condenados por las conductas de homicidio o lesiones personales bajo modalidad dolosa, delitos contra la integridad sexual o secuestro cometidos contra menores. (Lea: Sala Penal explica cuándo deben aplicarse precedentes que inaplican incrementos punitivos)
De acuerdo con todo lo anterior, un fallo reciente de la misma corporación sostuvo que estos dos precedentes jurisprudenciales son aplicables cuando:
- El condenado haya accedido a uno de los mecanismos de terminación anticipada del proceso.
- No obtenga rebaja punitiva alguna a pesar de allanarse a cargos o preacordar.
- La pena se dosifique con aplicación del incremento genérico contenido en el artículo 14 de la Ley 890.
En tal sentido, afirmó que reconocer dicho aumento justificado en la necesidad de incrementar las penas para los delitos como consecuencia del derecho premial concebido en el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004) rompe la razonabilidad y proporción de la sanción penal en los casos de allanamiento y preacuerdo por delitos contemplados en la prohibición del artículo 26 indicado (M. P. Luis Guillermo Salazar Otero).
CSJ Sala Penal, Sentencia SP-141092017 (48248), 06/09/17
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