Penal
Acumulación de procesos de Justicia y Paz no obedece a una instancia procesal específica
Las modificaciones a la Ley de Justicia y Paz han permitido cierta apertura, para que las actuaciones garanticen en mayor medida los fines de verdad, justicia y reparación.11 de Febrero de 2014
La acumulación de procesos en Justicia y Paz debe responder a criterios de macrocriminalidad y a las pretensiones de verdad, justicia y reparación establecidas por el legislador en la Ley 1592 del 2012, que modificó la Ley 975 del 2005.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisó que esa actuación no obedece a una instancia procesal específica, como las establecidas en la legislación penal ordinaria, ni en la transicional anterior a la Ley 1592.
De acuerdo con el alto tribunal, la regla para hacer procedente la acumulación no debe fijarse tomando como referencia determinado acto procesal, como la formulación de la acusación o la audiencia preparatoria. Tampoco debe tenerse en cuenta como único punto de partida la culminación de la audiencia de formulación de cargos a la que se refiere el artículo 7º del Decreto 4760 del 2005, agregó.
Según el alto tribunal, las modificaciones a la Ley de Justicia y Paz han permitido cierta apertura, para que las actuaciones que se desplieguen garanticen en mayor medida los fines de verdad, justicia y reparación.
Con estos argumentos, la Corte encontró ajustada a derecho la decisión del Tribunal Superior de Medellín de acumular las actuaciones que se adelantan contra seis desmovilizados, entre ellos Ebert Veloza García y Raúl Hasbún, por hechos ocurridos durante su pertenecía a agrupaciones de autodefensas.
“Si esa es la estrategia de la Fiscalía para afrontar su misión respecto del Bloque Bananero de las Autodefensas, bien hizo la Sala de Justicia y Paz de Medellín al acceder a la acumulación reclamada, sin que a su determinación se le puedan oponer argumentos de supuestas ilegalidades que ninguna o muy escasa incidencia tendrían frente a la posición de las víctimas o los fines de la justicia transicional”, afirmó la corporación.
A su juicio, esta decisión evidencia mejores perspectivas en torno a la comprensión de la macrocriminalidad y la macrovictimización de las dos agrupaciones delictivas.
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