La declaratoria de prescripción de la acción penal no cobija a los terceros civilmente responsables ni al llamado en garantía (11:08 a.m.)
01 de Febrero de 2011
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Nota:
71412
La declaratoria de prescripción de la acción penal no abarca al tercero civilmente responsable ni al llamado en garantía, porque la acción civil, cuando se ejerce al interior del proceso penal, prescribe en relación con los penalmente responsables, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 98 del Código Penal (Ley 599 del 2000). La Corte Suprema de Justicia explicó que en el caso de los terceros civilmente responsables y el llamado en garantía aplican las normas pertinentes de la legislación civil, pues el fenómeno de la prescripción penal no favorece a aquellos sujetos procesales que de acuerdo con la ley sustancial deben salir a reparar el daño de manera solidaria (M. P. Javier Zapata Ortiz).
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