Jueces de garantías pueden autorizar peticiones probatorias de la defensa (3:35 p.m.)
06 de Diciembre de 2010
Reproducir
Nota:
70295
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia acaba de establecer que los jueces de control de garantías están facultados para resolver las peticiones que presente el procesado o su defensor durante la etapa de investigación. De forma más específica, la Sala precisó que estos jueces tienen el deber legal de resolver todas las peticiones probatorias efectuadas por la defensa y, cuando sea necesario, ordenarles a los funcionarios públicos que les permitan a los defensores recolectar elementos probatorios, evidencias físicas e informes bajo su poder. Para la Corte, aunque la Ley 906 no les consagra expresamente esta facultad, los jueces tienen el deber de materializar el principio de igualdad de armas (M. P. Sigifredo Espinosa).
Opina, Comenta