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Actualizado hace 12 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Impedimento para que el juez que rechazó la solicitud de preclusión conozca el juicio no es necesario extenderlo al fiscal que conoció el caso (9:50 a.m.)

29 de Noviembre de 2011

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Nota:
77419
Impedir que solo el juez que rechace la solicitud de preclusión conozca el juicio y no extender el impedimento al fiscal que conoció el caso no constituye una omisión legislativa ni vulnera los derechos de las víctimas, ni el acceso a la administración de justicia. Así lo señaló la Corte Constitucional al declarar exequible la norma del Código Penal que fija el impedimento exclusivamente para el juez (Ley 906 del 2004, art. 335). Según la Sala, no se puede equiparar la función del juez con la del fiscal, pues el primero adopta una decisión vinculante que le impediría continuar conociendo el caso, mientras que el fiscal se limita “a la formulación de la solicitud, la cual se encuentra sometida a controles diversos al impedimento, compatibles con su naturaleza de acto de parte”.

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