Gobierno deroga norma que permite a guerrilleros presos acceder a beneficios de leyes 418 y 975 y reglamenta el indulto a desmovilizados de grupos armados ilegales (4:54 p.m.)
15 de Diciembre de 2010
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Nota:
70119
El Gobierno acaba de derogar el Decreto 1059 del 2008, que les permite a los guerrilleros privados de la libertad desmovilizarse individualmente y recibir los beneficios de las leyes de Orden Público (Ley 418/97) y de Justicia y Paz (Ley 975/05), al considerar que esa norma “favoreció la política de paz del Gobierno y surtió los resultados esperados durante el tiempo requerido”. La decisión, consignada en el Decreto 4619 del 2010, se aplicará a partir de los 90 días siguientes a su publicación oficial, por lo cual los insurgentes presos podrán aprovechar estos tres meses para desmovilizarse y obtener, incluso, el indulto. La nueva disposición también reglamentó el artículo 50 de la Ley 418, que faculta al Gobierno para indultar a los miembros de grupos armados ilegales, por delitos políticos y conexos, que abandonen sus actividades y demuestren su voluntad de reincorporarse a la vida civil. Si el solicitante es condenado por delitos respecto de los cuales se proscribe el indulto (terrorismo, secuestro, genocidio y homicidio fuera de combate, entre otros), el beneficio no será concedido. Igual sucederá si con posterioridad a la concesión del beneficio, el solicitante es condenado por algún delito cometido durante y con ocasión de su pertenencia al grupo armado y respecto del cual se proscribe el indulto, agrega la reglamentación.
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