Establecer circunstancias de agravación genéricas no vulnera el principio del non bis in idem ni el debido proceso: Procuraduría (4:53 p.m.)
19 de Julio de 2010
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Nota:
67561
Interpretar y aplicar de manera razonable las normas que establecen circunstancias de agravación genéricas no vulnera el principio del non bis in idem, pues las circunstancias de una conducta, sean de atenuación o agravación, y así sean genéricas o específicas, son elementos relevantes de la misma. Así lo señaló la Procuraduría General de la Nación al pedirle a la Corte Constitucional que se inhiba de pronunciarse de fondo sobre la demanda interpuesta contra los artículos 372 del Decreto 100 de 1980 y 267 de la Ley 599 del 2000.
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