Es imposible que la prueba testimonial ofrezca certeza absoluta: Corte Suprema (10:06 a.m.)
18 de Mayo de 2011
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El testimonio es la declaración, dentro del proceso, de una persona denominada testigo que transmite un conocimiento adquirido por los órganos sensoriales y cuya valoración es importante para los fines de la actuación. Así lo precisó la Corte Suprema de Justicia al señalar que esa valoración debe ejercerse en función de la teoría del caso, por medio de reglas de la sana crítica y sin importar que la veracidad de las aserciones perceptivas no se pueda corroborar a través de medios empíricos. La Sala Penal recordó que el artículo 277 de la Ley 600 del 2000 establece la forma en que el juez debe apreciar el testimonio. Así, prevé que se debe examinar si la percepción del testigo corresponde al de una persona promedio y evaluar cada aserción desde una perspectiva ex ante, es decir, desde el lugar del espectador al momento del hecho percibido. De esta forma, la corporación advirtió que es imposible que la prueba testimonial ofrezca una certeza absoluta de lo que describe (M.P. Julio Enrique Socha Salamanca).
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