En condena a Dixon Tapasco, Corte Suprema pidió exclusión de alias Ernesto Báez de Justicia y Paz por estimar que el concierto para delinquir es un delito bilateral (9:21 a.m.)
04 de Febrero de 2010
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Nota:
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El concierto para promover grupos armados al margen de la ley de que trata el artículo 340 del Código de Procedimiento Penal (Ley 599 del 2000) es una conducta bilateral en la que todos los que intervienen actúan por fuera de la ley. Por tal razón, la Corte Suprema de Justicia condenó al ex senador Dixon Ferney Tapasco Triviño a 90 meses de prisión como autor del delito de concierto para promover grupos armados. La Sala Penal, en la decisión, solicitó que se estudie la exclusión del proceso de justicia y paz del jefe paramilitar Iván Roberto Duque, alias Ernesto Báez, con quien Tapasco hizo acuerdos para garantizar su proyecto político en el norte del departamento de Caldas. Según la corte, “no se puede decir que la ilegalidad sea patrimonio exclusivo de Tapasco”, pues el jefe paramilitar incurrió en desacato al actuar por fuera de los acuerdos con el Gobierno, de acuerdo con los pactos de la ley de Justicia y Paz.
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