Corte Suprema explica cómo funciona el deber de lealtad en el descubrimiento probatorio (2:27 p.m.)
03 de Enero de 2011
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Nota:
70978
La Corte Suprema de Justicia explicó que el deber de lealtad en el descubrimiento probatorio consiste en ofrecer la posibilidad a la defensa para que conozca lo recaudado por la fiscalía y así pueda adelantar su estrategia en el juicio. Sin embargo, aclaró, esa obligación de descubrimiento no implica que, en el actual sistema adversarial, la fiscalía deba pedir o practicar las pruebas que puedan favorecer al acusado. La Sala Penal precisó que la dinámica de la audiencia de formulación de acusación permite que la defensa o los intervinientes puedan solicitar aclaraciones o complementaciones del escrito de acusación. En esa medida, se realiza un descubrimiento integral y será facultad de la defensa pedir las pruebas que considere necesarias (M.P. Sigifredo Espinosa Pérez).
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