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Actualizado hace 46 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Corte Constitucional reiteró que no todo el texto del Estatuto de Roma hace parte del bloque de constitucionalidad (3:33 p.m.)

23 de Abril de 2012

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Nota:
80539
La aplicación del Estatuto de Roma como parámetro de control de constitucionalidad y específicamente de la imprescriptibilidad de ciertos delitos se circunscribe a los crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional, señaló la Corte Constitucional al inhibirse de emitir un pronunciamiento de fondo en la demanda contra el artículo 1º de la Ley 1426 del 2010. La Corte reiteró que, conforme con lo ha establecido en la jurisprudencia, no todo el texto del Estatuto de Roma hace parte del bloque de constitucionalidad. Por tal razón, en este caso, en el que se demandó el aparte referente al término de 30 años para la prescripción de delitos como el genocidio, la desaparición forzada y la tortura, entre otros, la Corte encontró que el demandante se limitó a aducir la vulneración de los artículos 5º y 6º del Estatuto Roma, mediante los cuales se tipifican algunos de esos crímenes, sin elaborar una argumentación sólida, de carácter constitucional, mediante la cual se demuestre la afectación. La Sala recordó que el artículo 29 de dicho estatuto no se puede tomar como parámetro de control de constitucionalidad de las leyes en todos los casos. Los magistrados Nilson Pinilla y Luis Ernesto Vargas aclararon su voto (M. P. Humberto Sierra).

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