Para acceder a la acción reivindicatoria propuesta por el dueño se debe demostrar el derecho de propiedad (3:55 p.m.)
06 de Agosto de 2010
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Nota:
67805
La Corte Suprema de Justicia recordó que la acción reivindicatoria puede ser propuesta por el dueño del bien o por el poseedor. En ambos casos es necesario presentar prueba idónea de la calidad invocada y de las exigencias normativas de la reivindicación, que son: derecho de propiedad o posesión regular, cosa singular o cuota determinada de ella, pos
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