Sociedades extranjeras deben consultar los requisitos correspondientes, para proceder a la compra de activos en Colombia (2:14 p.m.)
07 de Diciembre de 2010
Reproducir
Nota:
70269
Teniendo en cuenta que para establecer una sucursal en Colombia la sociedad extranjera debe protocolizar en una notaría del lugar elegido copias auténticas del documento de su fundación o de sus estatutos, de operar un mecanismo similar para la compra de activos, el representante legal o un tercero con poder para el efecto debe acompañar los documentos mencionados con las firmas correspondientes y la del cónsul colombiano y, a falta de este, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales, señaló la Superintendencia de Sociedades. Así las cosas, la sociedad interesada en una operación de compra deberá consultar los requisitos en el sector correspondiente.
Opina, Comenta