Recuerdan reglas sobre reserva de libros y papeles de comercio (8:47 a.m.)
13 de Agosto de 2014
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Nota:
62382
Según los artículos 28 y 61 del Código de Comercio, los libros de comercio, entre los cuales se encuentra el libro de accionistas y los papeles del comerciante, no podrán examinarse por personas distintas a sus propietarios o personas autorizadas por ellos, exceptuando los fines específicos establecidos en la Constitución Política o las órdenes de autoridades competentes. Así las cosas, el ordenamiento comercial sancionará al revisor fiscal, contador o al tenedor de los libros que viole la reserva conforme al Código Penal, en cuanto a violación de secretos y correspondencia, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias a que haya lugar. Es decir, solo los propietarios o personas autorizadas pueden examinar los libros y papeles del comerciante. Sin embargo, no será restringido este derecho a socios o accionistas en ejercicio del derecho de inspección, o de las autoridades que cumplan funciones de vigilancia o auditoría, o cuando implique una orden proferida por una autoridad competente.
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