Para la expedición de los certificados de reembolso tributario es necesario que el reintegro de divisas se haga legalmente (9:20 a.m.)
21 de Septiembre de 2010
Reproducir
Nota:
68794
Uno de los requisitos para que el Banco de la República expida y entregue los certificados de reembolso tributario (Cert) consiste en que se hayan reintegrado las divisas legalmente. Así lo manifestó el Consejo de Estado al negar la expedición de Cert por el reintegro ilegal de divisas, toda vez que este procedimiento no fue realizado por los importadores en el exterior que adquirieron las mercancías importadas, sino por terceros ubicados en un país distinto al destino de la mercancía. Además de ello, el valor reintegrado había ingresado al país para formar parte del patrimonio de terceros. El alto tribunal agregó que otro requisito que debe satisfacerse es que las investigaciones cambiarias iniciadas hayan culminado y no declaren incumplimientos. En esa medida, indicó que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo puede indagar ante otras autoridades para determinar la legalidad y efectividad de las exportaciones (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).
Opina, Comenta